Un informe del RACE (Real Automóvil Club de España) sobre el análisis de seguridad vial y proceso de denuncias en el entorno escolar de la avenida de Unión Europa en el Valle de Egüés señala que en los expedientes remitidos, sobre las multas que impuso el año pasado un radar camuflado en ese tramo, "ni las notificaciones de denuncia ni la prueba de la infracción contienen los requisitos exigidos por la legislación aplicable". El estudio acredita defectos en cuanto al requerimiento de identificación del conductor, "sobre todo aplicable a las denuncias que llevan retirada de puntos", y contempla también como defectuosa la falta de firma en las notificaciones de denuncia, ya sea de la autoridad sancionadora, ya sea del instructor.
Respecto a la fotografía, prueba de la infracción, considera un defecto "insubsanable" el no indicar el tramo de la vía donde el cinemómetro está colocado. "Entendemos que en una vía judicial estas denuncias serían anuladas. Cuanto menos, se consideraría la aplicación de la circunstancia más beneficiosa para el conductor, que sería la de prohibición de circular a más de 40 Km/h, con lo que, en el menor de los casos y tomando la muestra como referencia, un 84% de denuncias quedarían invalidadas. (En este último caso, las denuncias que permaneciesen aplicando el límite de 40 Km./h., tendrían que volver a notificarse subsanando los defectos, antes de que pasase el plazo de prescripción)", esgrime el texto.
Aunque señalan que en todas las notificaciones las infracciones denunciadas "han sido correctamente graduadas conforme a ley" e igualmente han sido enviadas a los titulares de los vehículos denunciados "en los plazos legalmente establecidos", sí señala por otra parte que deberían constar el tipo de cinemómetro y no solo el número de antena y es también incorrecta la descripción de los recursos que proceden a la notificación y órgano administrativo o judicial ante el que deben plantearse.
Recomendaciones
Las medidas de reducción de la velocidad en la avenida de la Unión Europea, recuerdan desde la entidad, se llevan a cabo para proteger un entorno con una movilidad de un grupo vulnerable que tiene unas característica puntuales y delicadas. "Partiendo de esta correcta reducción de la velocidad desde el RACE podemos hacer una recomendación sobre una reducción de la velocidad en periodos concretos del día que agrupe las horas donde puede haber una presencia de niños en este entorno, como por ejemplo limitando la velocidad a 20km/h de 8.00 a 20.00 horas". Señalan que la continuidad de esta medida debe estar presentes en los distintos centros escolares del entorno, ya que comparten viario y circunstancias de movilidad y deben extenderse a la Avenida de Olaz para generar un entorno seguro con un tráfico calmado en este viario próximo a los centro educativos.
Respecto a la campaña de control de la velocidad, su recomendación es llevar a cabo campañas informativas con el objetivo de concienciar a los usuarios del peligro y consecuencias de estas malas conductas al volante. "Estas campañas informativas no están dirigidas tanto a periodos de tiempos sino más bien crear esas campañas de control de la velocidad y evaluar los resultados para generar políticas de información antes de iniciar el proceso sancionador, lo que evita situaciones de malestar generalizado y promueve la concienciación social".
Esperar al TAN
El Ayuntamiento del Valle de Egüés, por su parte, ya indicó hace unos días que los informes que manejan "no son concluyentes" y decidieron esperar a que el TAN se pronuncie sobre la validez de las multas y los excesos de velocidad después de que un grupo de vecinos (alguno de los cuales ha sido sancionado en repetidas ocasiones) recurriera al tribunal para protestar por estas multas y tras considerar que el Ayuntamiento no había actuado correctamente.