El lehendakari escribió 600 folios sobre su experiencia como mediador para tratar de evitar, sin éxito, el choque de trenes que se produjo en 2017 entre los gobiernos catalán y español tras el referéndum de independencia. Trató de evitar que el Gobierno de Rajoy pulsara el botón rojo, la suspensión del autogobierno catalán con el artículo 155 de la Constitución española, que finalmente se aplicó. Teniendo en cuenta que siempre ha defendido soluciones políticas y no judiciales para los problemas políticos, el lehendakari no ha sorprendido este viernes al celebrar como algo “positivo” que el Ejecutivo de Sánchez vaya a derogar el delito de sedición. Pero Urkullu pide ir más allá. Cree que aún queda la espada de Damocles del artículo 155, el verdadero problema, que todavía a día de hoy se puede aplicar para suspender el autogobierno de las comunidades díscolas. Cree que la derogación de la sedición “pone en cuestión” ese artículo y debería conducir de manera natural a abrir ese debate.
Urkullu no desarrolló más las declaraciones que realizó a su llegada al Parlamento Vasco, pero fuentes de Lehendakaritza consultadas por este periódico explican que el lehendakari quiere poner ese debate sobre la mesa, que se hable de un artículo cuya aplicación solo depende de las mayorías parlamentarias en Madrid, sin ningún otro tipo de control ni garantía. El lehendakari no llegó a concretar si se refería a su derogación o a que se busquen mayores garantías en su aplicación, pero lo que sí quiere destacar es la arbitrariedad de este artículo y que, aunque Sánchez haga ahora propósito de enmienda, el propio PSOE respaldó al PP en su aplicación.
¿Qué dice el artículo 155?
Ese artículo dice que, “si una comunidad autónoma no cumpliere las obligaciones que la Constitución u otras leyes le impongan, o actuare de forma que atente gravemente al interés general de España, el Gobierno, previo requerimiento al presidente de la comunidad autónoma y, en el caso de no ser atendido, con la aprobación por mayoría absoluta del Senado, podrá adoptar las medidas necesarias para obligar a aquella al cumplimiento forzoso de dichas obligaciones o para la protección del mencionado interés general”. Urkullu quiere hacer una llamada de atención, a sabiendas de que tendrá poco recorrido porque no se va a reformar la Constitución y, menos aún, para tocar el 155.
Urkullu consideró positiva la derogación de la sedición porque refuerza las vías políticas, pero pidió abordar el problema de fondo, “lo que el modelo de Estado real debe ser en este siglo XXI”. “La sustitución del delito de sedición refuerza nuestro planteamiento de siempre de que los debates políticos deberían sustanciarse mediante vías como el diálogo, la negociación y el acuerdo con un propósito de acuerdo político”, sostuvo. El PNV colaborará para derogar el delito en el Congreso.
Poder judicial vasco
El lehendakari desarrolló también, ya en sede parlamentaria, su propuesta de contar con un poder judicial vasco. Lo hizo tras una pregunta de Vox y ante quienes han tratado de demonizar esta idea como si tratara de nombrar a jueces de su cuerda. Recordó que Euskadi ya cuenta con un poder ejecutivo y un poder legislativo propios, de manera que no sería tan descabellado contar con un poder judicial propio que interprete y aplique esas leyes vascas y resuelva los conflictos competenciales. Puso como ejemplo sistemas compuestos y federados como el de Suiza, Alemania, Canadá o Estados Unidos. Cuentan con un poder judicial federal, pero también se permite a los estados federados tener sus propios tribunales para interpretar las leyes de sus territorios, sin menoscabo de que los tribunales del Estado supervisen y tengan la última palabra con las leyes estatales básicas o constitucionales.
Citó los artículos 13 y 14 del Estatuto de Gernika, que establecen que “en relación con la Administración de Justicia, el País Vasco ejercerá en su territorio las facultades que las leyes orgánicas del poder judicial y del consejo general del poder judicial reconozcan, reserven o atribuyan al Gobierno”. Volvió a esgrimir los derechos históricos que reconoce la propia Constitución. Añadió que, según el Tribunal Constitucional, la principal diferencia entre un estado federal y uno autonómico es que, en el segundo, el poder legislativo y el ejecutivo están repartidos, pero no el judicial. “Tenemos un derecho civil propio y junta arbitral, y podríamos considerarnos un ámbito federal”, concluyó Urkullu.