Los abogados Jone Goirizelaia, Alfonso Zenon y Aiert Larralde han anunciado este miércoles que recurrirán ante el Tribunal Supremo, por vulneración de derechos fundamentales, la condena de la Audiencia Nacional a los letrados de presos de ETA Arantza Zulueta, Jon Enparantza, Naia Zurriarain e Iker Sarriegi, por constituir el "frente jurídico" de la banda para controlar a los reclusos.
La Sala de lo Penal de la AN ha impuesto una pena de siete años y medio de reclusión a Zulueta --principal acusada--, mientras que ha sentenciado a Enparantza a cuatro años de cárcel, a Naia Zurriarain a tres años y medio, y a Iker Sarriegi a tres años y un día.
Los representantes legales de los encausados alegan registros "viciados de nulidad", intervención de comunicaciones "sin garantías" o declaración bajo "torturas", entre otras cuestiones. También denuncian que el Tribunal no haya tenido en cuenta "la realidad social", con ETA desaparecida, además de afirmar que se ha conculcado el principio 'non bis in ídem', por el que una persona no puede ser juzgada "por la misma cosa".
En este sentido, recuerdan que la Sala hace "una interpretación más que curiosa del delito de integración en organización terrorista", al considerar que "se interrumpe" cuando el acusado entra en prisión. "Por lo tanto, entiende que, aunque es un delito permanente, en este caso casualmente no lo es. La interpretación es contraria a la jurisprudencia, no solo a la del TS español, sino también a la internacional", ha asegurado Jone Goirizelaia.
En una comparecencia celebrada en el Colegio de Abogados de Bilbao, los letrados han denunciado que la resolución judicial "valida la intervención opaca del CNI y sin haber sido sometida a contradicción en el juicio oral".
Goirizelaia ha destacado que la sentencia "no supera los déficit de vulneración de derechos humanos" que los abogados de los encausados han denunciado desde el inicio del procedimiento. También ha resaltado que la resolución judicial solo "hace una especie de resumen de las pruebas practicadas en el juicio".
CORRECCIÓN DE LA SENTENCIA
Por todo ello, ya han presentado el anuncio para formalizar más adelante el recurso de casación, al estimar que la sentencia "puede y debe ser corregida". Con carácter general, los letrados han remarcado que la sentencia "hace una interpretación a favor de la tesis condenatoria de lo que la Guardia Civil, en sus informes, y el CNI han planteado".
De esta forma, han dicho que el Tribunal las introduce en la resolución "como una realidad, que le sirve luego a hacer todo ese itinerario hasta llegar a la condena". "Creemos que esta sentencia, en este momento y en este lugar, con la situación política y social de Euskal Herria, está alejada de la realidad social", han indicado.
En su opinión, las resoluciones judiciales, tal como especifica la Ley, "se tiene que valorar también la situación que se vive en cada momento".
Jone Goirizelaia ha reiterado que la sentencia reconoce que el CNI participó, y ella considera que lo hizo "de manera ilegal". Además, denuncia que la resolución reconoce que los teléfonos de los abogados investigados estaban intervenidos, pero "lo da por bueno".
"No quiso desclasificar los documentos, no se consiguió a llevar a declarar al juicio a las personas que participaron en esa intervención. La evidencia es clara, hubo una intervención de comunicaciones que no se hizo con las garantías y requisitos que establece la Ley, y la sentencia las utiliza y las da por buenas", ha manifestado.
DAVID PLÁ
También ha recordado que, supuestamente, la operación comienza con un seguimiento al que fuera jefe de ETA David Plá, "y se sitúa ahí el origen del procedimiento", cuando durante el acto de vista oral "queda claro que eso no pasó".
"David Plá no estaba y no era esa persona, pero da igual porque la sentencia sigue partiendo de todas estas investigaciones. Además, Plá fue puesto en libertad y nunca ha sido procesado ni acusado en esta causa", ha argumentado.
Goirizelaia, que representa a Naia Zurriarain, ha querido poner sobre la mesa que esta fue objeto de "torturas", algo que el Tribunal no admite, pero que ella cree que están "acreditadas". Para ello, la abogada recuerda el relato de la propia encausada, "claro, contundente y estremecedor", pero, además, ha subrayado que existen informes de los médicos forenses que lo respalda.
"Se les hizo el protocolo de Estambul, que recogió que efectivamente esto fue cierto, y existe un informe del Gobierno vasco, llevado a cabo por Pako Etxebarria (antropólogo forense), ratificado por el Parlamento Vasco, por la Comisión de Derechos Humanos, y puesto en valor por el propio Ejecutivo vasco y por la Universidad del País Vasco (UPV/EHU). Y la Audiencia Nacional dice que no han quedado acreditadas", ha añadido, para precisar que, por ello, será objeto del recurso de casación.
Otras dos cuestiones que alegarán en su impugnación serán los registros, "nulos e irregulares, vulnerando el secreto profesional de los abogados y clientes"; y la "vulneración del derecho de las personas a no ser juzgadas dos veces por la misma causa".